tomado de: https://jitorreblanca.wordpress.com |
Huig de Groot o Grocio (1583 – 1642) es uno de los
fundadores, junto con Francisco de Vitoria, del Derecho Internacional, su
pensamiento como jurista se encuentra entre los más sobresalientes aportes del
Derecho Natural Moderno.
A continuación, les presento 5 preguntas sobre el
pensamiento de éste jurista holandés.
1- Grocio negó que el IUS GENTIUM tuviera sus cimientos en
el terreno de la teología católica, del cristianismo reformado o, ni siquiera,
en fundamentos de índole teológico general. Grocio sostuvo que el IUS GENTIUM
debía ser universal, es decir:
a) Que no fuera específico para la comunidad de naciones
cristianas.
b) Que esté supeditada a la autoridad universal del papado.
c) Unas leyes internacionales basadas en el estudio de casos
de cada nación.
d) La ley natural impulsa a la sociabilidad.
e) N.A.
2- Grocio no se planteó efectuar un análisis antropológico
exhaustivo para desentrañar los principios de la LEY NATURAL; por el contrario,
partió de principios que asumió como innatos y, sirviéndose de la experiencia
histórica, procedió a demostrarlos. De lo expuesto, la metodología del jurista
holandés se basó en:
a) Inducción
b) Sustitución de la autoridad.
c) Deducción
d) Síntesis
e) Análisis
3- Para Grocio, como para otros IUS NATURALISTAS, el
fundamento del Derecho Natural se debe buscar en:
a) La concepción misma de la naturaleza humana.
b) El tiempo y el lugar en que se sitúe el hombre.
c) La autoridad de los reyes.
d) En la ley positiva de la propiedad.
e) N.A.
4- Para Grocio, es una de las articulaciones fundamentales
que existe entre el Derecho Natural y el Derecho Positivo
a) Propiedad privada
b) Posesión
c) ocupación
d) religión
e) Servidumbre
5 - Para el derecho grociano el sistema de propiedad privada
se funda con la/el:
a) Fuerza
b) capital
c) ocupación
d) religión
e) adquisición
No hay comentarios:
Publicar un comentario